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domingo, 15 de marzo de 2026

Personas trans

 

     El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avala el derecho de las trans a que su género sean reconocidos en sus documentos oficiales en los Estados miembros. Es una sentencia, publicada ayer; el máximo órgano de justicio europeo dio la razón a un mujer trans que había pedido, sin éxito, a Bulgaria, su país natal, que actualizara sus datos en el registro civil. Para el TJUE, "el Derecho de la Unión se que opone a que un órgano  jurisdiccional de un Estado miembro pueda interpretar una norma que acabe constituyendo un obstáculo jurídico para la inscripción en el registro civil de ese Estado de un cambio de los datos al género". El tribunal argumenta su fallo en el derecho de los ciudadanos europeos a circular y residir libremente en otro Estado miembro.

     El caso se refiere a una trans, nacido en Bulgaria, que realizó su proceso de transición en Italia. Cuando quiso que su género fuera reconocido en sus documentos búlgaros, el registro de ese país le denegó la petición.  Aunque presentó informes médicos y un dictamen pericial que respaldaba su demanda, la solicitud no fue admitida. La demandante acudió entonces al Tribunal Supremo de Bulgaria. En 2023, este organismo había emitido una decisión vinculante, declarando que la legislación búlgara no permite a los tribunales "autorizar un cambio de sexo, nombre o número de identificación personal para las personas trans en el Registro Civil". Sin embargo, y ante las duda de que la legislación búlgara chocara con el derecho de la UE, el caso fue llevado al TJUE.

     Aunque  el alto tribunal europeo, con sede en Luxemburgo, especifica  que la expedición de documentos de identidad -- en general todas las gestiones  del registro -- es competencia de los Estados miembros, estos deben respetar el derecho de la UE.

     La sentencia detalla que esa falta  de reconocimiento documental de una persona trans produce una discordancia, que puede llevar a la persona afectada a tener que, bien dar explicaciones sobre su realidad, bien demostrar la autenticidad de sus documentos en múltiples situaciones cotidianas (en un aeropuerto, por razones médicas o profesionales). Una situación que, según ahonda el fallo. "solo puede admitirse si se fundamenta en consideraciones de interés general y respeta el principio de proporcionalidad de conformidad con el derecho europeo y la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, incluido el derecho a la privacidad".

     Previamente, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ya dictaminó (en 2020 y en 2022) que Bulgaria vulneraba el Convenio Europeo de Derechos Humanos por su negativa al reconocimiento legal y documental del género de las trans. Desde entonces, la situación de las personas trans en el país -- y la todas las personas LGTBIQ+ -- se ha deteriorado significativamente.

     En palabras de la abogada búlgara Denitsa Lyubenova, "este caso se refiere a la dignidad, la igualdad y la seguridad jurídica de las personas trans   sentencia, todos loen Bulgaria". "Como resultado de esta , todos los casos pendientes en Bulgaria deben reanudarse, y los tribunales y autoridades deben emitir resoluciones de conformidad con el derecho de la UE y este fallo", explicó. (Fuente: EL PAÍS, 13 de marzo de 2026)

     Es cuestión de justicia. Nadie puede elegir ser mujer, hombre o trans

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