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sábado, 16 de julio de 2011

Los derechos humanos y la Organización Mundial de Comercio

     Para la OMC no existe diferencia entre, por ejemplo, un balón en cuya confección solo han intervenido adultos, afiliados a un sindicato u organización análoga, y un balón confeccionado por manos infantiles. Ese hecho es aprovechado por las grandes empresas que, sin tener en cuenta la Declaración Universal de Derechos Humanos, elegir el procedimiento de fabricación que les resulta más barato y que, en consecuencia, les proporciona mayores ganancias económicas. Pero, quizás, la mejor manera de evaluar la consideración que para la OMC merecen los derechos humanos sea analizar las decisiones tomadas por su Órgano de Solución de Diferencias.

     ¿Por qué normas se rigen los miembros del Tribunal de Arbitraje del Órgano de Solución de Diferencias de la OMC?  Estas personas, expertos en derecho mercantil, se rigen por las normas que se encuentran en los anexos del documento por el que se creó la OMC; y, por extraño que parezca, esas normas no se ajustan a ningún criterio de derecho internacional existente. Se podría pensar que ese Órgano de Solución de Diferencias debería subordinar sus decisiones no sólo a las normas por las que se rige la OMC, sino también a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, a lo establecido por la Organización Internacional del Trabajo y a los distintos acuerdos internacionales sobre medio ambiente. Sin embargo, la OMC obra como si al tratarse de una institución que regula el comercio, no debería depender de reglamentaciones que no se refieran al comercio; en otras palabras, obra como si la actividad comercial no fuera una actividad humana y pudiera estar por encima de la ética, los derechos humanos o los acuerdos sobre medio ambiente,...

     En la conversación entre Martin Wolf y Susan George, a la opinión de esta última de que los derechos humanos y los acuerdos multilaterales sobre medio ambiente deberían de gozar prioridad sobre las normas comerciales establecidas por la OMC, Martin Wolf se limita a decir (págs. 141-142) que "los que crearon la OMC probablemente sobrepasaron los límites razonables de una regulación internacional, en un mundo vasto y diverso".

     En más de una ocasión, el secretario general de Naciones Unidas ha advertido al director de la OMC  acerca de la prioridad de los derechos humanos. Tengo entendido que en ningún caso se han tenido en cuenta sus indicaciones.

3 comentarios:

Lorenzo Garrido dijo...

Existe un vacío legal que aprovechan la OMC y las multinacionales. Este vacío jurídico internacional concede impunidad a todos los actos delictivos que cometen estas organizaciones depredadoras del hombre y del medio ambiente. Actúan al margen de la ley, pero nadie les va a parar los pies porque cuentan con el apoyo de los gobiernos y de los organismos públicos. En una palabra, es la ley de la selva: el más fuerte aplasta al pequeño. ¿Para eso más de 5000 años de civilización? Si hoy los más civilizados son también los más salvajes del planeta, y todo lo demás no son más que hipocresías del sistema.

Anónimo dijo...

La Declaración de DDHH está, como el resto de documentos firmados en el siglo pasado, totalmente desfasada. No por su contenido, porque la sociedad mercantilizada se ha encargado de hacer que no se tengan en cuenta los postulados referentes a la dignidad, los derechos de la persona. La primacia del mercado hace que nos veamos abocados a un sistema sin referentes "personalisimos". Un saludo

Juliana Luisa dijo...

Lorenzo e Inma. Estoy de acuerdo con los dos: la humanidad ha experimentado (ahora estamos sufriendo las consecuencias) un retroceso en lo que podríamos llamar proceso de humanización. De alguna manera debemos corregir esa deriva. A mi juicio todas estamos obligados a "arrimar el hombro".
Muchas gracias por vuestros comentarios.